Antillean
Registraduría
La oficina de registro es responsable de recopilar y custodiar información y/o documentos académicos de cada estudiante.
Según solicitan las diferentes escuelas y colegios para crear la Oferta Académica de cada término.
Trabajamos en el proceso de matrícula general y matrícula tardía.
Este proceso se hace solamente con matrículas oficializadas.
Proceso por el cual se transfieren cursos aprobados de una Institución debidamente acreditada. Estos cursos deben ser equivalentes a los nuestros y para los programas existentes en Antillean.
Al finalizar cada término, recibimos las notas finales de cada curso utilizando el sistema de ECAMS.
Documentos que indican que es estudiante en nuestra Institución para diferentes agencias.
Evaluación al finalizar cada término para determinar el “status” académico.
Se conceden al final del curso por enfermedad y/o circunstancias especiales.
Solamente por error en cálculo y justificación del profesor a nuestra oficina.
Excepciones extraordinarias a solicitudes especiales.
Historial académico.
A solicitud del estudiante. (Límite de 2 cambios)
Reconocimiento a estudiantes sobresalientes.
Permiso especial por circunstancia especial.
Rendir informes de estudiantes con estos beneficios.
Ley de Derechos Educacionales y Privacidad de la Familia del 1974, también conocida como Enmienda Buckley, tiene como propósito proteger la privacidad de los expedientes académicos de los estudiantes a nivel postsecundario, de los padres y custodios de los estudiantes menores de 18 años.
Están protegidos por FERPA los estudiantes matriculados en una institución postsecundaria sin importar la edad de éstos o su estatus en relación con la dependencia de sus padres.